jueves, 18 de julio de 2024

7. Poderes extraordinarios


 sankatāsana

Según la enseñanza del Yoga, los poderes extraordinarios que puedan surgir en nuestro sendero no deben usarse en beneficio personal, pero ¿es correcto usarlos en bien de los demás o es mejor dejar que las cosas pasen como tengan que pasar y no interceder?

Entiendo los poderes como ciertas habilidades que pueden despertarse en el yogui durante su práctica (siddhis) y que lo capacitan para adquirir un conocimiento fuera de lo normal o para efectuar ciertas acciones que desafían los límites aceptados por la ciencia hoy en día. Si tenemos en cuenta que el cerebro es el gran desconocido y que la ciencia evoluciona modificando continuamente sus paradigmas, el asunto de los poderes también es un concepto cambiante. Lo que antes era mágico, ahora puede ser científico. El hecho de poseer alguna de estas facultades es algo accidental en el camino del yogui. No debería preocuparse por ello más de lo que se preocuparía un sordo si recuperase la audición o un enfermo de nacimiento si recuperase la salud. Utilizar estas habilidades tanto en beneficio propio como en el de los demás debe ser igual que utilizar otras capacidades o conocimientos. En todo caso, el yogui no debe apegarse a ellos ni sentirse superior a los demás bajo ningún concepto. En este sentido, pueden suponer un peligro añadido al reforzar el ego, aunque también pueden permitir la práctica de un elevado desapego. Tener ciertas capacidades que permitan intervenir en el destino de uno mismo o de otros conlleva dicho peligro. Por eso no se aconseja su uso y se recomienda contemplarlos con indiferencia. No obstante, el yogui que haya ido más allá de los opuestos y no se deje arrastrar por el ego, puede utilizarlos correctamente sin dejarse llevar por el orgullo, actuando siempre con naturalidad y desde la más profunda humildad.

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